Investigación de la UE en Chipre agentes inmobiliarios normas
De acuerdo a una serie de informes de prensa, la Comisión Europea ha enviado a Chipre una solicitud oficial de información sobre las leyes que rigen los agentes inmobiliarios, que considera que estos pueden no ser compatibles con el mercado interior de la UE las leyes.
Chipre aprobó una ley en julio de 2007 que impuso condiciones sobre los requisitos profesionales de los agentes inmobiliarios procedentes de otros Estados miembros de la UE. Estas condiciones se refieren a las calificaciones, experiencia profesional y que requieren por agentes de la propiedad inmobiliaria para pasar un examen que demuestre el conocimiento de la legislación chipriota en la materia.
La Comisión Europea considera que estas puedan ser contrarias a las leyes de la UE sobre la libre prestación de servicios. Chipre tiene dos meses para responder.
Los informes de prensa en: Hemscott, CNBC y Forbes
De StockWatch Limited:
UE CY investigación sobre los agentes inmobiliarios
La Comisión Europea ha decidido enviar a Chipre una solicitud oficial para obtener información sobre su legislación nacional que restringen las actividades de los agentes inmobiliarios. La ley aprobada en julio de 2007, tras una primera carta de emplazamiento se envió en julio de 2006, relativa a las disposiciones de la Ley 273 / 2004, de hecho plantear ciertas condiciones en el reconocimiento de las cualificaciones de los profesionales de otros Estados miembros e impone límites al ejercicio de esta profesión por personas jurídicas, así como a la libre prestación de servicios en este sector.
Según el anuncio, la Comisión considera que estas disposiciones pueden ser incompatibles con la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, y con los artículos 43 y 49 del Tratado CE que garantizan la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios dentro de la Unión Europea, respectivamente. La carta de emplazamiento es el primer paso en un procedimiento de infracción con arreglo al artículo 226 del Tratado CE. Chipre tiene dos meses para contestar.
"Esta nueva ley impone ciertas condiciones en el reconocimiento de la cualificación de los profesionales establecidos en los demás Estados miembros. Estas condiciones se refieren a las calificaciones, experiencia profesional y exigir a los posibles agentes de la propiedad inmobiliaria para pasar un examen que demuestre el conocimiento de la legislación chipriota en este ámbito y, por tanto, plantean problemas de conformidad con la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales ", el anuncio dicho.
"Por otra parte, la libre prestación de servicios en esta profesión está sujeta a la obligación de colaborar con una agencia inmobiliaria establecida en Chipre, lo cual es contrario a las disposiciones de la presente Directiva y el principio de la libre prestación de servicios con arreglo a lo dispuesto por el artículo 49 del Tratado CE ", añadió.
"Por último, la Ley exige que las personas jurídicas que actúan en este ámbito para ejercer esta actividad como su único objeto social. Además, la persona o personas que ejerzan la actividad de agente inmobiliario en una empresa están obligados a ejercer esta actividad exclusivamente en la empresa que los emplea y no puede actuar con independencia de su empleador, ya sea para otras personas o empresas, o por su propia cuenta. Estas dos disposiciones plantean problemas de compatibilidad con el artículo 43 del Tratado CE, que garantiza la libertad de establecimiento ", concluye el anuncio.
Desde el Cyprus Mail:
Chipre advierte de la UE sobre las restricciones a los agentes inmobiliarios
La Comisión Europea pedirá a Chipre la legislación nacional sobre la restricción de las actividades de no-chipriota agentes inmobiliarios, dijo ayer.
También ha enviado un dictamen motivado a Chipre en el no reconocimiento de las cualificaciones profesionales de otros países de la UE.
En el caso de los agentes inmobiliarios, un aviso formal de una se envió en julio de 2006, relativa a las disposiciones de la ley, que impone ciertas condiciones sobre el reconocimiento de las cualificaciones de los profesionales de otros Estados miembros, e impone límites al ejercicio de esta profesión.
La Chipre ley fue modificada en 2007, pero contiene nuevas disposiciones y condiciones que la Comisión dice que puede ser incompatible con las directivas de la UE sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales.
Chipre tiene dos meses para contestar a la última carta.
"Estos [nuevas] condiciones se refieren las cualificaciones y la experiencia profesional y exigir a los posibles agentes de la propiedad inmobiliaria para pasar un examen que demuestre el conocimiento de la legislación chipriota en este ámbito", dijo la Comisión.
"Por otra parte, la libre prestación de servicios en esta profesión está sujeta a la obligación de colaborar con una agencia inmobiliaria establecida en Chipre, lo cual es contrario a las disposiciones de la presente Directiva y el principio de la libre prestación de servicios".
Se dice que el chipriota ley también requiere que las personas jurídicas que actúan en este ámbito para ejercer esta actividad como su único objeto social, la Comisión dijo.
El envío del dictamen motivado sobre la cuestión de la no-reconocimiento de las cualificaciones en otras profesiones, se envió también a otros ocho Estados miembros de la UE.
Se enviaron dictámenes motivados a España, Grecia, Francia, Chipre, Luxemburgo, Hungría, Austria, Portugal y Eslovenia, por no transponer la Directiva a la legislación nacional.
La Directiva es el resultado de la reforma del sistema de reconocimiento de las cualificaciones profesionales llevadas a cabo por la Comisión con el fin de promover la flexibilidad en los mercados de trabajo, mayor liberalización de la prestación de servicios, hacer el reconocimiento de las cualificaciones más automático y simplificar los procedimientos administrativos.
Abarca las profesiones tales como médicos, enfermeras, odontólogos, veterinarios, matronas, farmacéuticos y arquitectos.
Por Jean Christou
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